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| Don Julio y su teoria |
(Hipocresía, poder y derecho en el tablero nuclear)
Por: Julio César González Padrón
Artículo de opinión
Hablar del programa nuclear iraní suele convertirse en un ejercicio de simplificación. Para unos, Irán es una amenaza; para otros, una víctima del doble rasero internacional. Pero la realidad es bastante más incómoda: “ni el Teherán actúa con la transparencia que proclama, ni Washington (Donal Trump) con la legitimidad que invoca.”
Y es precisamente en esa zona gris donde se mueve la pregunta clave: ¿tiene Irán derecho a enriquecer uranio?
Desde el punto de vista del derecho internacional, la respuesta es incómodamente clara: sí, pero…
Digo Sí, porque el Tratado de “No Proliferación Nuclear” reconoce el derecho de todos los Estados a desarrollar energía nuclear con fines pacíficos. Pero ese derecho no es absoluto, ni ilimitado, ni —sobre todo— automático.
Aquí es donde empieza el problema; pues Irán lleva años defendiendo su “derecho inalienable” a enriquecer uranio y se niega a negociar ese principio como tal. La lógica es comprensible, ningún Estado acepta fácilmente que se le imponga un techo tecnológico; pero convertir ese derecho en una línea roja intocable revela algo más que defensa jurídica: muestra una estrategia política basada en tensar los límites del sistema.
Porque el enriquecimiento, no nos engañemos, ni nos pongámonos “progres buenos buenísimos”, no es una actividad neutral. Es una tecnología de doble uso. Y cuando un país insiste en mantenerla sin aceptar plenamente las condiciones de confianza que la acompañan, el mensaje que proyecta no es solo de soberanía, sino también de ambigüedad y eso no se le puede permitir a ningún país, aunque no deja de ser cierto, que Irán no es el único responsable de esa ambigüedad. Pero tampoco es inocente en ella; ahora bien, sería un error —y una forma de autoengaño— detener el análisis ahí.
Estados Unidos, principal opositor al programa nuclear iraní, actúa como garante del orden internacional… Pero solo cuando le conviene. Su postura se presenta como una defensa de la no proliferación, pero está profundamente atravesada por intereses estratégicos, alianzas regionales y cálculo de poder.
En la práctica, Washington (Donal Trump), no discute solo el riesgo nuclear. Discute quién puede tenerlo bajo su control.
Las recientes tensiones lo ilustran con claridad: exigencias de suspensión del enriquecimiento durante décadas, amenazas militares y sanciones económicas forman parte del repertorio habitual. Y todo ello bajo el lenguaje de la seguridad internacional, pero con métodos que, en muchos casos, rozan o desbordan los límites del propio derecho internacional.
Porque conviene recordarlo: imponer sanciones masivas o amenazar con bombardear infraestructuras no es una extensión natural del derecho, sino una expresión de poder y en ese es el punto incómodo que rara vez se reconoce abiertamente.
Ni Irán defiende solo principios, ni Estados Unidos aplica solo normas.
Teherán invoca el derecho internacional mientras utiliza la ambigüedad nuclear como herramienta de negociación. Washington (Donal Trump) invoca la seguridad global mientras actúa de forma selectiva y, en ocasiones, unilateral.
Ambos operan dentro del sistema. Ambos, también, lo fuerzan.
Entre medias queda un principio que se erosiona: la credibilidad del propio régimen de no proliferación. Porque cuando las normas se interpretan en función de quién las aplica —y contra quién— dejan de ser reglas y pasan a ser instrumentos.
El acuerdo nuclear de 2015 fue, durante un breve periodo, una excepción a esta lógica. Demostró que el equilibrio era posible: límites verificables a cambio de reconocimiento y alivio de sanciones. Pero su ruptura posterior evidenció algo más profundo, que resultó que el problema no era solo técnico, sino político, y hoy por hoy, el debate sigue atrapado en la misma paradoja.
Irán tiene derecho a desarrollar energía nuclear pacífica, pero su comportamiento alimenta tanto la desconfianza que limita ese derecho y por su parte Estados Unidos tiene razones para preocuparse por la proliferación, pero sus métodos debilitan la legitimidad de su posición, y así, el conflicto se perpetúa.
Quizá la conclusión más honesta —aunque incómoda— sea esta: el problema no es que el derecho internacional no exista, sino que convive con un sistema donde el poder decide cuándo y cómo se aplica.
En ese escenario, la pregunta ya no es solo si Irán tiene derecho a enriquecer uranio.
La pregunta real es quién tiene el poder de decidir hasta dónde llega ese derecho.
Y esa, más que jurídica, es una cuestión profundamente política porque en el fondo, la pregunta inicial —si Irán tiene derecho a enriquecer uranio— no puede responderse solo con artículos de tratados. Hay que responderla también con una realidad incómoda: en el sistema internacional, el derecho y la política rara vez caminan por separado.
Y en ese terreno, las certezas absolutas suelen ser la primera víctima; por eso creo que quizá la conclusión más honesta sea que Irán tiene derecho a la energía nuclear pacífica, pero ese derecho no existe en el vacío. Está condicionado por un entorno internacional donde la seguridad, la desconfianza y el poder pesan tanto como las normas, que hay que cumplirla les guste o no. Porque no nos engañemos, como diría un maúro de Telde como yo…. “No hay muladar, sin pulgas, ni linaje sin putas y a la primera de cambio, si te despistas, te la meten doblada y hasta el fondo. Que…. ¡Casos ahí más allá se han dado!
¡Qué cosas!
Fdo. Julio César González Padrón
Marino Mercante y escritor

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