Las empresas deben mantener la cesta de Navidad si han venido entregándola de forma continuada en el tiempo. Así lo entiende el Tribunal Supremo, que ha dictado una sentencia en la que considera que este 'regalo' es un derecho adquirido y de carácter colectivo si se ha venido entregando en el tiempo de forma continuada.
Según el Supremo, la cesta de Navidad sólo se puede suprimir si así se acuerda con los trabajadores o con sus representantes. El Alto Tribunal se ha pronunciado tras analizar el caso de una empresa que entregaba cesta de Navidad y que se fusionó con otra que no lo hacía, suprimiendo desde entonces este beneficio.
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