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El uso de las Zonas de Acampada Reducida quedará limitado a Bailico, Llanos del Pozo, El Salado y Morro de Santiago.
Se prohibe igualmente en las fechas establecidas, el realizar quemas de residuos forestales y agrícolas. De forma genérica, la celebración de espectáculos pirotécnicos y fuegos artificiales en puntos situados dentro de zonas de alto riesgo de incendios forestales declaradas por Orden de la Consejería de Política Territorial y de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias.
Estas prohibiciones entrarán en vigor a partir del día 1 de julio del presente año y se prolongarán más allá del 30 de septiembre, hasta que las condiciones meteorológicas lo aconsejen con las lluvias de Otoño
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