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sábado, 27 de julio de 2013

Los extranjeros y los rentistas pagarán de 60 a 157 euros al mes por la sanidad

Rentistas españoles y extranjeros que no tengan tarjeta sanitaria deberán abonar entre 60 y 137 euros al mes para acceder a las prestaciones sanitarias de la cartera básica de servicios del Sistema Nacional de Salud.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establecen los requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria para personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del sistema sanitario.
Los convenios podrán ser suscritos por españoles que no trabajen y que, sin embargo, tengan ingresos superiores a los 100.000 euros al año (rentistas), así como por europeos que voluntariamente quieran ser atendidos por el sistema sanitario público español, ha informado el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
También podrán firmarlos los ciudadanos de terceros países que durante su estancia en España quieran recibir asistencia sanitaria en el sistema público.
El convenio dará acceso a las prestaciones de la cartera básica de servicios por el período de tiempo determinado en el mismo.
La contraprestación económica a abonar será de 60 euros mensuales hasta los 65 años y de 157 euros para los mayores de esa edad.
El Real Decreto, además, establece el sistema de identificación clínica de los casos especiales, con garantía de asistencia sanitaria pública en el Sistema Nacional de Salud, como las víctimas de la trata de seres humanos con fines de explotación sexual o los solicitantes de asilo.
Se completa así el paquete normativo iniciado con el Real Decreto que regula la condición de asegurado, aprobado en agosto de 2012, y que hace efectiva la universalidad de la asistencia sanitaria pública para todos los españoles, según el Ministerio.

Seguridad de los medicamentos

Por otra parte, el Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Real Decreto que regula la Farmacovigilancia de los medicamentos de Uso Humano, con el que se adapta a la legislación española una directiva comunitaria que tiene por objeto incrementar las garantías de seguridad en el uso de los medicamentos.
Se refuerza la cooperación entre países de la UE en la evaluación y comunicación de los riesgos de los medicamentos a través del nuevoComité Europeo para la Evaluación de Riesgos.
Con esta norma se posibilita la participación de los ciudadanos en la notificación directa de sospechas de reacciones adversas a medicamentos, a través del Sistema Español de Farmacovigilancia.
Además, se refuerza la vigilancia de los nuevos medicamentos y de aquellos en los que se identifique un potencial problema de seguridad. Estos fármacos llevarán un distintivo (un triángulo invertido) y estarán en un listado público.
También se potencian las funciones de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y las obligaciones para la industria farmacéutica encaminadas a evaluar de forma continuada la relación entre los riesgos y los beneficios de los medicamentos.
fuente : el mundo.es

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