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viernes, 13 de septiembre de 2013

COMUNICADO DE LOS VECINOS DEL CASCO VIEJO DE CORRALEJO‏












EL EX-PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS, DON LUIS HERNÁNDEZ PÉREZ, PIERDE EN LOS TRIBUNALES DOS CASAS DEL CASCO VIEJO DE CORRALEJO QUE HABÍA COMPRADO POR 1.123.779,32 €
Intervino como Administrador de la mercantil BLOQUES CANARIOS, S.L.
Nuevo episodio de la película que se rueda desde hace diez años en el pueblo marinero de Corralejo. En este caso, intervienen, como administrador único de las sociedades DELVAL INTERNACIONAL, S.A. y SINCRONÍA 99, D. JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ DEL VALLE; y como administradores mancomunados de la mercantil BLOQUES CANARIOS. S.L, D.LUIS HERNÁNDEZ PÉREZ, D. GUSTAVO ALBARRACÍN FERNÁNDEZ Y D. JUAN ANTONIO MORELL SALGADO.
El escenario se enclava en pleno centro del casco viejo de Corralejo, concretamente en la vivienda conocida en el pueblo como "la casa de los cazadores", que cuenta con una superficie de 350 metros y pertenece a la Comunidad de Propietarios formada por D. José Muñoz Ramírez y 17 cazadores más.
La historia comienza en el año 2003, cuando los propietarios de la vivienda tienen conocimiento que su casa había sido vendida a una sociedad canaria por cuatrocientos sesenta y dos mil setecientos setenta y nueve euros con treinta y dos céntimos (462.779,32 €). Inmediatamente, el 31 de julio de 2003, a través de la letrada de Puerto del Rosario, Dª, Elena Ruiz Suárez, se presenta un declarativo de dominio en los juzgados de Puerto del Rosario en el que se solicitaba que se sentenciara que la vivienda que se encuentra emplazada en la calle María Santana Figueroa nº 8 de la localidad de Corralejo corresponde en pleno dominio a la citada Comunidad de Propietarios.
En su contestación a la demanda, las entidades DELVAL INTERNACIONAL, S.A. Y SINCRONÍA 99, S.L., alegan que cuentan con título de propiedad públicos e inscritos en el Registro de la Propiedad y que no ha existido una posesión pública, pacífica e ininterrumpida por más de 30 años por parte de los propietarios, mientras que BLOQUES CANARIOS, S.L. alega que compró la finca de quien aparecía en el Registro con facultades para transmitirlas.
El Juez de Instancia, D. Santiago Buck Arstad, recuerda a las partes contrarias que, en la documentación del expediente judicial, existe un contrato en el que señala que D. José Muñoz Ramírez adquirió la finca a D. Marcial Viñoly Ravelo el 28 de septiembre de 1964. Además, apunta que, en base a la extensa documentación obrante en el expediente, se entiende probada la buena fe de los comuneros, al tratarse de un grupo de amigos que compartían una afición común, y que compraron una casa en una zona y una época en la que, puede afirmarse, aquello era un erial con unas pocas viviendas y sin urbanizar, por lo que es lógico pensar que los negocios jurídicos sobre las viviendas realizados por los vecinos de Corralejo corrían al margen de los publicados en el Registro de la Propiedad.
La sentencia recoge que la localidad de Corralejo, tal y como es conocida en la actualidad, dista mucho de lo que fue en los años sesenta y setenta, y que los comuneros firmaron un documento en el que reflejaba la voluntad de todos ellos, como propietarios en pro indiviso, de hacer uso de la casa, principalmente en las épocas de caza, pero también durante todo el año, como manifestaron los testigos.
En cuanto a la buena fe, el Sr. Buck señala que la usucapión ha ido operando frente a los distintos titulares registrales: PLALAFUSA, S.A., DELVAL INTERNACIONAL, S.A., SINCRONÍA 99, S.L. Y BLOQUES CANARIOS, S.L., ya que todas tuvieron medios racionales para conocer que la casa estaba siendo objeto de posesión, significando ello que, ninguna de las mercantiles pueden quedar amparadas baja el paragua de la fe pública registral.
En consecuencia, el juez a quo declara que la Comunidad de propietarios formada por D. José Muñoz Ramírez y 17 comuneros más es dueña de la finca urbana de 350 metros cuadrados sita en la calle María Santana Figueroa nº 8 de Corralejo, término municipal de La Oliva y que se proceda a la inscripción en el Registro de la Propiedad del cien por cien del dominio de la finca a favor de dicha Comunidad.
Con este nuevo resultado judicial, ya se contabilizan CIENTO TRES (103) las sentencias que han fallado a favor del pueblo majorero, concluyendo todas ellas de igual forma: que los vecinos son los legítimos propietarios de las viviendas que se encuentran enclavadas en el centro de Corralejo y que, todos los que han intervenido en la operación inmobiliaria del casco viejo son declarados terceros de mala fe, al conocer perfectamente que esas casas tenían dueños y no era precisamente el Sr. DEL VALLE.
Ingeniería empresarial

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