Los agentes españoles acercaron a un detenido hasta el límite marítimo con el país vecino y, una vez al borde del muelle, esperaban a la llegada de una barca a cuyo tripulante le hacían entrega del detenido. Se trata de un acto de entrega a todas luces no amparado por el acuerdo firmado entre los dos países para la realización de estos intercambios.
El Acuerdo entre España y Marruecos relativo a la circulación de personas, tránsito y readmisión de extranjeros entrados ilegalmente, firmado en febrero de 1992 (BOE, 25 de abril de 1992) pero que entró en vigor el pasado 21 de octubre (BOE, 13 de diciembre de 2012), establece que la entrega debe realizarse en la frontera legalmente establecida.
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