El juez José Castro tiene previsto comunicar a partir de la próxima semana, tras la fiesta de Reyes, su decisión sobre si imputa o no a la infanta Cristina en el caso Nóos por delitos contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales, una decisión que de producirse vendría avalada únicamente por la acusación popular, ejercida por Manos Limpias. Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se oponen a este extremo al considerar que los indicios que pesan sobre la hija del rey son meras conjeturas y sospechas sin fundamento penal.
Cabe recordar que el pasado mes de mayo la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma dejó sin efecto una primera decisión de Castro de imputar a Cristina de Borbón, por lo que nunca llegó a recorrer la popular cuesta de entrada a los juzgados de Palma como sí ha hecho su esposo,Iñaki Urdangarín, y el resto de imputados en el caso Nóos.
Posiciones de las partes
Únicamente la acusación popular, ejercida por Manos Limpias, solicita la imputación de la infanta. En su informe, el sindicato de funcionarios asevera que la Duquesa de Palma sabía «perfectamente» de las posibles ilegalidades que se cometieron a través del Instituto Nóos con los fondos que éste percibió de las Administraciones valenciana y balear, pese a lo cual, en lugar de «tomar precauciones, siguió disfrutando» del dinero que, desde Nóos, acabó canalizándose a las cuentas de Aizoon, la sociedad que comparte con Iñaki Urdangarin.
La citación de Cristina de Borbón no es defendida por el exsocio de Urdangarín, Diego Torres, que presentó un extenso escrito ante el juez José Castro en el que recalca que no pretende «ni por asomo» la imputación de la infanta Cristina, si bien aboga por que ésta pueda dar su versión de los hechos como ha sucedido con otros encausados y pueda respetarse, de este modo, «el principio de igualdad que proclama la Constitución Española en su artículo 14».
Esta parte también señala en su escrito cómo alguno de los documentos aportados a la causa «ponía de manifiesto que el suegro de Urdangarin estaba al caso e intervenía», si bien considera «una lástima que sea inviable preguntar» al rey «sobre el particular», debido a que «la vigente Carta Magna establece una excepción al principio de igualdad» que alcanza al monarca por cuanto, según el artículo 56, «la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad».
Fiscalía y defensa
Pese a oponerse a la imputación, el fiscal Anticorrupción Pedro Horrach deja las puertas abiertas a que la hija del rey Don Juan Carlos pueda ser condenada al pago de las responsabilidades civiles derivadas de haberse lucrado presuntamente de los fondos ilícitos recibidos por Aizoon, mercantil propiedad de los duques que recibió ingentes cantidades del entramado Nóos -abastecido a su vez con los fondos públicos de Baleares y la Comunidad Valenciana-.
El fiscal, que presentó un primer escrito antes de ser emplazado por el juez y un segundo documento tras la petición de Castro, defiende en ambos la inexistencia absoluta de indicios de criminalidad por parte de la mujer de Urdangarin, a pesar de que las pesquisas apuntan a que el dinero que de forma presuntamente irregular percibió Aizoon desde Nóos no se quedó en la primera entidad, sino que se destinó a gastos particulares del matrimonio, como la reforma de su vivienda familiar, con el posible conocimiento del origen delictivo de los fondos por parte de la Infanta.
Por su parte, la defensa de la infanta, que también fue emplazada a presentar sus escrito, señaló que una hipotética imputación de la hija del rey tendría lugar «sólo por ser doña Cristina quien es y no por la existencia de indicios objetivos» de delitos contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales.
Considera la defensa de Cristina de Borbón que «no está ni mucho menos aclarado» que haya indicios de fraude en el Impuesto de Sociedades por parte de Aizoon, y se remiten a un informe de la Agencia Tributaria del 14 de noviembre que concluye que las cantidades dejadas de ingresar por la mercantil en los ejercicios de 2007, 2008 y 2009 en concepto de este impuesto en ningún caso superarían los 120.000 euros por ejercicio, requisito imprescindible para un delito fiscal.
Sobre una eventual «cooperación omisiva» respecto aUrdangarin, los abogados defienden que en ningún caso puede imputarse a un socio responsabilidad penal por no vigilar al administrador de una sociedad ni exigir informes o aclaraciones cuando no hay ningún tipo de conflictividad.
Respecto del posible blanqueo de capitales anterior a marzo de 2006, cuando la Infanta se desvinculó del Instituto Nóos, sus abogados resaltan el absoluto desconocimiento de Cristina de Borbón «acerca de las actividades supuestamente ilícitas que se desarrollaban en Nóos» y, por tanto, de que el dinero que el instituto transfirió a Aizoon pudieran tener un origen delictivo.
fuente : http://www.lavozdegalicia.es
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