sábado, 5 de julio de 2014

El informe Prats ratifica que Las Teresitas ya era del Ayuntamiento cuando la compró


Eloísa Reverón 
Los terrenos de la Playa de Las Teresitas eran de propiedad municipal cuando el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, con el exalcalde nacionalista Miguel Zerolo al frente, decidió comprarlos por 52 millones de euros en 2001 a Inversiones Las Teresitas (ILT), empresa constituida por Ignacio González y Antonio Plasencia, a quienes se las había vendido con anterioridad la Junta de Compensación, un órgano que aglutinaba a muchos de los propietarios del suelo de la playa. Por tanto, se deduce que la ciudad se podría haber ahorrado esa gran inversión, que se justificó bajo la premisa de que los terrenos eran de ILT y de que debían volver a manos públicas para evitar su urbanización y que Las teresitas siguiese siendo de todos.
Además, todas las partes implicadas lo sabían. Así establece el dictamen que ha elaborado Lorenzo Prats Albentosa, catedrático de Derecho Civil en la Universidad Autónoma de Barcelona, a petición del Gobierno local, formado por nacionalistas y socialistas, por el que el Consistorio chicharrero ha pagado 18.000 euros y al que ha tenido acceso la opinión de tenerife.

A pesar de los diferentes convenios que se firmaron entre el Ayuntamiento y la Junta de Compensación y de que esta intentó recuperar los terrenos que en 1967 cedió a la capital para que la Corporación local creara una playa en condiciones, aún hoy en día se sigue manteniendo la deuda de 11 millones de pesetas (66.113 euros) que los antiguos propietarios de Las Teresitas tenían que pagar al Consistorio para que las parcelas volvieran a sus manos. Y es que en 1967 la Junta se comprometió con el Ayuntamiento a pagar 50 millones de pesetas (300.516 euros) de los 100 (601.033 euros) que costaban las obras para dotar a la ciudad de una zona de baño atractiva, a cambio de que el Consistorio ejecutara los trabajos. En lugar de entregarle el dinero, la Junta cedió los terrenos, que solo podría recuperar si abonaba dicha cantidad. Pagó 39 millones de pesetas (234.403 euros) pero nunca los otros 11 millones restantes.
"Debe señalarse que respecto de los deberes pendientes de cumplimiento provenientes del convenio de 1986, expresamente se decía que la Junta (y por subrogación, Inversiones Las Teresitas) continuaba obligada siempre y cuando no fueran incompatibles con el convenio de 2001 o bien no se hubieren resuelto o culminado. Esta expresión viene a determinar no sólo que la deuda que la Junta mantenía (y aún mantiene) con el Ayuntamiento, por importe de 11 millones de pesetas, no quedaba extinguida por la celebración del convenio de 2011, sino que también que puede considerarse que, indirectamente, implicaba que la Junta reconocía que seguía adeudándola al municipio y, por último, que Inversiones Las Teresitas no podría ignorar su existencia, pues a ella se estaba haciendo referencia en el convenio de 2001, ni menos podía ignorar que por consecuencia de su subrogación asumía con la Junta la parte de deuda que le correspondiera y frente al Ayuntamiento", dice Prats en su dictamen, de 81 páginas.
Hasta ahora no se conocía el contenido del informe de Lorenzo Prats pero ya el primer teniente de alcalde y concejal de Urbanismo, el socialista José Ángel Martín, había adelantado que, gracias al dictamen emitido por el catedrático de Derecho Civil, los servicios jurídicos del Consistorio chicharrero habían cambiado la estrategia para la causa civil de Las Teresitas, cuyo juicio se celebrará el 17 de septiembre, con el fin de, además de recuperar los 52 millones de euros de la operación de compraventa de los terrenos de la playa realizada en 2001 en el mandato de Zerolo que ha sido anulada por el Tribunal Supremo, también recuperar las titularidad pública de las parcelas para no tener que devolvérselas a los empresarios Ignacio González y Antonio Plasencia.
E Antecedente relevante. En su dictamen, Lorenzo Prats establece que tiene una evidente trascendencia en el plano de la eficacia jurídico-real el acuerdo plenario del 18 de agosto de 1967 con el que se aceptó la cesión de los terrenos que realizaba la Junta de Compensación a favor del Ayuntamiento y, en consecuencia, se facultaba al alcalde, Pedro Doblado en aquel entonces, para que otorgase la escritura pública en la que habría que formalizarse la cesión. La escritura pública se produjo el 21 de agosto de 1967, la cual contenía el convenio urbanístico entre el Consistorio y la Junta. En este convenio, la Corporación se comprometía a mejorar y acondicionar la Playa de Las Teresitas y la Junta a colaborar económicamente con 50 millones de pesetas entregando los terrenos necesarios para ello. Estos en parte quedarían "afectos al dominio público, con lo que quedaban cumplidos los deberes urbanísticos de cesión obligatoria y gratuita de los terrenos y, en parte, darían lugar a parcelas que, tras la actuación urbanística que el Ayuntamiento realizaría, podría venderlas bien a la propia Junta o bien a terceros mediante subasta" para poder obtener esos 50 millones de pesetas.
E Razón de la cesión del suelo de la Junta al Ayuntamiento. La Junta de Compensación se reunió en Asamblea General el 22 de agosto de 1965 y acordó la cesión al Consistorio chicharrero de parte de los terrenos que iban a formar la zona dedicada a playa de dominio público y de uso común, y parte de terrenos edificables, por debajo de la cota 20 hasta el límite de la zona marítimo terrestre, que "constituyen la participación de la Junta de Compensación a las obras de la playa". Las parcelas con aprovechamiento urbanístico que se cedieron por los antiguos propietarios de Las Teresitas al Ayuntamiento, en virtud del convenio de 1967, no saldaban, en el momento de la cesión, la deuda de la Junta con el Consistorio por importe de 50 millones, pues esta se obtendría por la Corporación mediante la venta de las parcelas a la Junta, si ejercía el derecho de adquisición preferente que se le reconocería en el convenio, o a terceros.
E Derecho de retracto. Según se indica en el dictamen de Prats, la Junta de Compensación no hizo ejercicio del derecho de retracto dentro del plazo de su vigencia y "ello a pesar de que en la Asamblea General celebrada el 17 de marzo de 1968 se acordó abonar al Ayuntamiento 50 millones de pesetas como aportación económica a las obras de mejora de la playa", con el fin de poder recuperar las parcelas con aprovechamiento urbanístico. Es cierto que la Junta inició el pago de tal cantidad de dinero al Consistorio pero cuando se firmó el Convenio, el 21 de noviembre de 1986, "aún se adeudaban 11 millones de pesetas". "Es más, en este mismo convenio resulta que las propias partes no entendieron ejercitado el derecho de retracto por la Junta, admitían la propiedad municipal de los terrenos que le fueron cedidos en 1967 y, además, reconocía la Junta que aún adeudaba al Ayuntamiento 11 millones".
E Incumplimiento del pago. El catedrático de Derecho Civil sentencia que el incumplimiento del pago de 11 millones por parte de la Junta al Ayuntamiento es esencial, pues este deber también fue incorporado en el convenio firmado en noviembre de 1986, con el que se anulaba en gran medida el anterior y la Junta podría recuperar parte los terrenos. "El tiempo transcurrido desde la fecha en la que debió ser cumplido el deber y los reiterados e infructuosos intentos del Consistorio de obtener el cobro de la cantidad debida ponen de manifiesto que la Corporación ya no puede esperar razonablemente el cumplimiento de quien se comporta de este modo". Por lo tanto, Prats habla de la posibilidad de resolver dicho convenio por el incumplimiento del pago de la deuda.
E La falta de cesión del 10% del aprovechamiento. Prats destaca que ni en el proyecto de reparcelación de la playa ni en el convenio de 1986 se hace referencia ni se materializa el deber de la Junta de ceder obligatoria y gratuitamente al Ayuntamiento de Santa Cruz el 10% del aprovechamiento medio del polígono de Las Teresitas.
E Convenio urbanístico 2011. El propósito que se perseguía con este convenio era el de reordenar el frente de la playa para destinarlo a usos públicos. Para su consecución, según explica Prats, se realizaron un conjunto de actos jurídicos de trascendencia, entre ellos el más notable es la compra por parte del Ayuntamiento a Inversiones Las Teresitas de las parcelas del proyecto de reparcelación de 1989, terrenos que la empresa había comprado con antelación a la Junta de Compensación, la cual no había recuperado la propiedad de las parcelas porque aún debía 11 millones al Consistorio. Inversiones Las Teresitas, desde la escritura pública de adquisición de los terrenos, se incorporó a la Junta de Compensación y, en consecuencia, se subrogaba en los deberes que esta tuviera pendiente de los anteriores convenios. Según Prats, ninguna de las partes podía ignorar la existencia de la deuda pues a ella se hacía referencia en este convenio.
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