Con relativa insistencia se ha solicitado la posición y a opinión de APROGC sobre el borrador del proyecto de la nueva Ley de Personal para los guardias civiles, que en estos momentos se encuentra ya en el trámite parlamentario.
Esta petición de opinión se ha realizado incluso por representantes destacados o miembros de otras Asociaciones, más preocupados por conocer nuestra opinión que de explicar el cómo y el por qué de algunas cosas de dicho borrador.
Los que han participado de una manera u otra para que el texto final haya quedado como ha quedado, con su parte de responsabilidad, deberían explicarlo.
Es evidente que a APROGC nos ocupa el texto de la nueva Ley de Personal, como Asociación representativa, pero principalmente como guardias civiles. Si bien, hay que recordar que APROGC nada ha podido decidir para que se tuviera en cuenta antes de la remisión del texto a la sede parlamentaria, donde sigue su trámite, y donde quien quiera modificar algo debería hacer uso de sus contactos o influencias para intentarlo. Nosotros, seguimos siendo independientes. Aunque de las palabras del Director General, repetidas en varias ocasiones, el texto del proyecto ha sido consensuado por los dos principales partidos políticos de España, por lo que pensamos que será difícil mover una coma de lo importante de este proyecto.
APROGC no era representativa cuando se trató el texto, así que, como Asociación, seremos destinatarios de la regulación de la Ley de Personal.
Respecto del contenido de la Ley, desde luego que consideramos algunos aspectos sobre los que nos gustaría opinar:
Parece que el único aspecto importante o conflictivo del texto es la integración de las cuatro Escalas de Oficiales ahora existentes, en una sola.
Aunque se dedica a este tema, además de su capítulo correspondiente, al menos ocho amplias disposiciones transitorias, lo que evidencia su importancia, no se debe olvidar que APROGC es una Asociación que aglutina a guardias civiles de todas las escalas y empleos y por lo tanto, no nos podemos centrar únicamente en este aspecto. No hay que olvidar que la "transversalidad" es una característica fundamental de nuestra Asociación y por lo tanto se debería comprender la complejidad de estudiar cuestiones que en principio podrían perjudicar a guardias civiles de una Escala en contraposición con los de otra.
Pero vayamos por partes.
Integración de las Escalas de Oficiales.
El proyecto para la reforma de la Ley de Personal de la Guardia Civil (Ley 42/1999, de 25 de noviembre) se basa en el mandato que en la disposición séptima de la ley 39/2007 de la Carrera Militar, de 19 de noviembre, hace el Legislador al Gobierno: “El Gobierno deberá remitir al Congreso de los Diputados un proyecto de ley que actualice el régimen del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, con una nueva estructura de escalas, en la que la escala superior de oficiales y la de oficiales se integren en una sola y en la que se regulen los sistemas de enseñanza y promoción profesional de sus miembros.”
Es decir, el mandato es para la integración de las Escalas Superior de Oficiales y de Oficiales, pero no las Facultativas.
Nos parece lógico que los Oficiales de las Escalas Facultativas no se integren en igualdad de condiciones que las otras dos de Oficiales, por varios motivos.
Podríamos citar la sentencia núm. 762 de 21 de julio de 2012 del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Contencioso administrativo de Madrid, pero hay otras razones de índole operativo: ¿Estarán los Oficiales procedentes de las Escalas Facultativas preparados para el Mando de Unidades, tipo Comandancia o Compañía, cuando puedan solicitar dichas vacantes por su empleo? La respuesta debe ser negativa, pues la formación recibida no ha sido prioritariamente para el ejercicio del Mando. ¿Quién realizará las labores técnicas desarrolladas actualmente por los Facultativos cuando dejen vacantes sus actuales destinos ante la posibilidad de ocupar otros destinos?
Por supuesto esto no significa que haya que acabar con las lógicas expectativas de desarrollo profesional de los Oficiales de las Escalas Facultativas.
Hay otras cuestiones que ofrecen dudas a los afectados y que la Dirección General de la Guardia Civil, conforme a su acertada política de comunicando e informando, deberá aclarar por las especiales repercusiones personales que supone para muchos guardias civiles. Por ejemplo:
- ¿Por qué los Oficiales procedentes de la Escala de Oficiales se integran en el empleo de Capitán y no al obtener el primer empleo?
- ¿La voluntariedad para la integración debería ser optativa para todos los oficiales u obligatoria para todos los Oficiales?
- ¿Cuál será el futuro de los Oficiales que no decidan integrarse?
- ¿Qué empleo ostentarán los Suboficiales que asciendan a Alférez en los años 2015 y 2016, hasta la entrada en vigor plenamente esta Ley y los Suboficiales comiencen a ascender a Teniente en 2017?
- ¿Por qué se tienen en cuenta al aplicar los criterios de proporcionalidad en el proceso de ordenación para la incorporación, a los Oficiales que renuncien al curso para realizar dicha integración?
- ¿Se ha valorado la posibilidad de que las actuales Escalas de Oficiales fueran a extinguir?
Promoción Profesional
Uno de los éxitos en el Mando de las Unidades de la Guardia Civil es la experiencia que aportaban quienes ascendían procedentes de las Escalas inferiores, lo que ha sido siempre la promoción interna. Hay que preservar esta experiencia y, a nuestro juicio, el proyecto de Ley de Personal no lo hace suficientemente.
Para acceder a la Escala de Oficiales por promoción interna se requerirá tener superados los créditos que se especifiquen de la titulación de Grado que se establezca.
La inmensa mayoría de los Suboficiales ejercen sus funciones como Comandantes de Puesto, figura fundamental en el organigrama de la Guardia Civil, lo que les dificultará de manera extraordinaria la obtención de los créditos que se requieran, salvo que se concedan en virtud de la experiencia profesional aportada y los cursos realizados durante su trayectoria profesional.
No se han determinado los grados que serán tenidos en cuenta para poder acceder a la Escala de Oficiales; dado en solo hay un periodo de dos años para que comiencen a exigirse (a los que pretendan promocionar en 2017 ya se les exigirá), debería adelantarse ya los grados que serán válidos.
En este punto creemos necesario el protagonismo del Centro Universitario de la Guardia Civil, de manera que ofrezca la posibilidad de la obtención de los créditos que se exijan. Debería estar en condiciones de funcionar a partir del próximo año 2015 de manera que los primeros suboficiales que se presente en el 2017 tengan los créditos superados para la prueba selectiva.
De igual manera ocurre con los componentes de la Escala de Cabos y Guardias que quieran acceder a la Escala de Suboficiales.
En el desarrollo del proyecto de Ley habrán de abordarse las titulaciones oficiales válidas para la enseñanza que faculte para la incorporación a la correspondiente Escala.
Nos quedan muchas dudas y, como decíamos al principio, la Dirección General debe hacer un gran esfuerzo para explicar esta Ley, de manera que cada uno tenga perfecto conocimiento de lo que presenta cada situación y exigir la que más le interese.
Por último, quisiéramos señalar las similitudes e incluso coincidencias que esta Ley tiene con la Ley 39/2007, de la carrera militar. Mal antecedente si la Ley de las FAS, después de siete años en vigor, se han presentado en torno a veinte mil recursos.
Solo nos queda esperar con atención el proceso de desarrollo de esta Ley e intentar intervenir entonces para mejorar lo que consideremos que se pueda mejorar.
http://www.aprogc.es/
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