ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN Y TENENCIA DE
ANIMALES DE CANARIAS.
Por otro lado, recalcar que con respecto a la
prohibición de los circos con animales en Canarias, alegar que esta ley tiene la obligación de ser más
contundente en la redacción de los preceptos, si realmente quiere innovar
como regulación, para vincular en su cumplimiento a los municipios. Esta
vinculación debe ser más detallada para evitar que de modo indirecto se ayude a
la proliferación en el ocultamiento de la tenencia de animales salvajes en
cautiverio con fines lucrativos.
Para ello, se hace necesario que esta ley delimite con
más precisión los límites entre abuso y maltrato animal, debido a que se pueden
tener animales salvajes siempre que su tenencia esté documentada.
Solicitamos que
el Gobierno de Canarias y la FECAM redacten una ordenanza tipo para
todos los municipios de Canarias , que los ayuntamientos puedan mejorar pero no
contradecir, ya que Canarias tienen muchos municipios y no se puede tener en
inseguridad jurídica a los propietarios de animales aprendiéndose la normativa
de cada uno de los municipios de canarias.
Por lo cual le pedimos que quiten la disposición final
donde le piden a los Cabildos Insulares que asuman la labor de coordinación,
labor que le corresponde a nuestro juicio al Gobierno de Canarias.
Muchos Ayuntamientos no tienen capacidad, ni técnicos
suficientes para adaptar sus ordenanzas en seis meses por lo que le pedimos
nuevamente que sean los técnicos del Gobierno de Canarias los que pongan un texto marco y el
asesoramiento necesario a los Ayuntamientos.
Las infracciones muy graves en el art. 55, la cuantía
es irrisoria para muchas empresas les saldrá más barato pagar la sanción que
cumplir con la legislación vigente.
Solicitamos: Se tenga por formulada la presente, le sea
admitida y en base a lo expuesto, acepten nuestras alegaciones al anteproyecto
de Ley.
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