jueves, 16 de enero de 2014

Los parados que pasen más de 90 días en el extranjero serán atendidos aquí pero no fuera









POR  JOSE DIAS 
El portavoz de Sanidad del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, Rubén Moreno, ha aclarado que los parados que hayan agotado su prestación por desempleo y pasen más de 90 días en el extranjero no perderán su derecho a la asistencia sanitaria en España pero no podrán ser atendidos fuera con cargo al Estado español cuando superen ese periodo.
   En declaraciones a Europa Press, Moreno ha querido aclarar la polémica surgida a partir de una enmienda que introdujo su grupo en la Ley de Presupuestos para impedir que aquellas personas de otros países que habían trabajado en España y luego habían regresado a su país pudieran cargar a España la asistencia sanitaria fuera.
  
La medida afecta también a los ciudadanos españoles que hayan agotado su prestación por desempleo o cualquier otro subsidio y se encuentren en otro país, pero "nunca cuando estén en España", donde "todos los españoles o residentes tienen el derecho a ser atendidos".
   En caso de que el parado sin prestación por desempleo quiera acudir a otro país de la Unión Europea, ha explicado Moreno, pueden adquirir un certificado provisional sustitutorio que les garantiza la cobertura asistencial con cargo a España por un periodo de 90 días. Y a partir de ahí, o se hacen residentes en el país de acogida o "pierden el reconocimiento a la prestación en Europa".
   El portavoz del PP considera que "se está haciendo una manipulación de esta medida" para hacer creer a los ciudadanos que pueden perder su asistencia en España cuando, según ha insistido, "ningún residente en España puede perder su derecho a la tarjeta sanitaria y a la asistencia en España".
   Además, ha criticado al secretario general del PSOE, Alfredo Pérez Rubalcaba, por pedir a las comunidades que mantengan la cobertura sanitaria a sus parados que pasen más de 90 días en el extranjero, ya que entiende que esto podría conllevar "pagar la factura a todos los europeos que hayan vivido o trabajado en España durante algún tiempo, aunque haya sido apenas 15 días".
   De igual modo, recuerda a los socialistas que en 1992 ya retiraron la cobertura de prestación sanitaria a los parados sin subsidio a través del Real Decreto Ley 1/1992 de 3 de abril, de medidas urgentes sobre fomento del empleo y protección por desempleo.
   Por su parte, el secretario nacional de Sanidad y Asuntos Sociales del PP, José Ignacio Echániz, ha pedido a Rubalcaba que "no mienta a los españoles sobre este asunto, porque los desempleados que se desplacen a algún país de la UE, Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza en busca de trabajo tendrán cobertura sanitaria durante 3 meses o 90 días como máximo al año. Si permanecen más tiempo en el país de destino, la legislación aplicable es la del país de residencia de acuerdo con los Reglamentos Comunitarios", ha precisado.
   Así, ha apuntado que, como todos los ciudadanos españoles tienen garantizada su cobertura con la tarjeta sanitaria europea en caso de desplazamiento a algún estado de la UE, EEE o Suiza, "no sólo están cubiertos los ciudadanos vinculados a la Seguridad Social sino también aquellos que, no teniendo relación con la S.S., residen en España y disponen de ingresos inferiores a 100.000 euros al año". Fuera de los espacios citados, se mantiene el mismo tratamiento que hasta ahora.
   En este sentido, ha reiterado que los jóvenes que se desplazan al extranjero a cursar estudios homologados (becas Erasmus, por ejemplo), tienen derecho a la Tarjeta Sanitaria Europea por un año al amparo del seguro escolar. Los estudiantes que no tenga seguro escolar - por encontrarse aún en fase de enseñanza obligatoria-, están cubiertos con la Tarjeta Sanitaria Europea como beneficiarios a cargo de un asegurado.

ECHÁNIZ PIDE RUBALCABA QUE "NO MIENTA"

  Por su parte, el secretario nacional de Sanidad y Asuntos Sociales del PP, José Ignacio Echániz, ha pedido a Rubalcaba que "no mienta a los españoles sobre este asunto, porque los desempleados que se desplacen a algún país de la UE, Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza en busca de trabajo tendrán cobertura sanitaria durante tres meses o 90 días como máximo al año. Si permanecen más tiempo en el país de destino, la legislación aplicable es la del país de residencia de acuerdo con los Reglamentos Comunitarios", ha precisado.
   Así, ha apuntado que, como todos los ciudadanos españoles tienen garantizada su cobertura con la tarjeta sanitaria europea en caso de desplazamiento a algún estado de la UE, EEE o Suiza, "no sólo están cubiertos los ciudadanos vinculados a la Seguridad Social sino también aquellos que, no teniendo relación con la misma, residen en España y disponen de ingresos inferiores a 100.000 euros al año". Fuera de los espacios citados, se mantiene el mismo tratamiento que hasta ahora.
   En este sentido, ha reiterado que los jóvenes que se desplazan al extranjero a cursar estudios homologados (becas Erasmus, por ejemplo), tienen derecho a la Tarjeta Sanitaria Europea por un año al amparo del seguro escolar. Los estudiantes que no tenga seguro escolar - por encontrarse aún en fase de enseñanza obligatoria-, están cubiertos con la Tarjeta Sanitaria Europea como beneficiarios a cargo de un asegurado.
FUENTE : http://www.europapress.es/

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