El Tribunal Constitucional no ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por las víctimas del accidente del avión de Spanair ocurrido el 20 de agosto de 2008 en el aeropuerto madrileño de Barajas, en el que murieron 154 personas y otras 18 resultaron heridas.
La decisión ha sido adoptada por la sección primera de la sala primera del alto tribunal tras examinar el recurso de amparo interpuesto por la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022 después de que, en septiembre de 2012, la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid archivara la investigación penal abierta por este dramático siniestro.
Antes de dar carpetazo a la investigación, el juez instructor del caso en el tribunal madrileño había decidido imputar por los hechos exclusivamente a dos mecánicos de la compañía, retirando la imputación a los tres directivos de Spanair que había señalado en un auto anterior como posibles “cooperantes necesarios” en la decisión de los técnicos de despachar el avión indebidamente.
Por aquellas fechas, la Asociación de Afectados emitía un comunicado en el que calificaba la decisión del juez como "una pésima noticia" y señalaba que el auto suponía un "cambio inexplicable de criterio" por parte del magistrado, ya que centraba la responsabilidad en los últimos eslabones de la cadena de errores humanos y técnicos" que hizo posible el accidente.
LA OPINIÓN DE LOS PILOTOS: "EL ACCIDENTE PUEDE VOLVER A REPETIRSE EXACTAMENTE IGUAL"
Íscar reiteraba también que un accidente aéreo no ocurre por una única causa y el piloto es el último eslabón. "Aunque es evidente en este caso que el avión despegó mal configurado -afirmó - antes de que ocurriera eso hubo multitud de barreras que se saltaron y, si cualquiera de ellas hubiera funcionado, no se estaría hablando de este accidente ahora".
En este mismo sentido, los profesionales de la aviación exponían su diagnóstico acerca de las causas del accidente aéreo.
"La actuación de los mecánicos del vuelo JK 5022 -aseguraban entonces desde laAsociación Española de Pilotos (AEP) - no fue aislada o el resultado de unos mecánicos con deficiente capacidad técnica”, sino que formaba parte de “una cultura establecida en la que prevalecía la urgencia de poner aviones en servicio”. Esta forma de actuar -añadían - “buscaba el rendimiento económico antes que la correcta identificación o reparación de las averías". Su opinión acerca de las razones que dan lugar a este tipo de accidentes era terminante: "la presión comercial" de las compañías por obtener el máximo beneficio.
"LA JUSTICIA ESPAÑOLA HA CONSAGRADO LA IMPUNIDAD DE QUIENES PERMITEN VOLAR A LOS AVIONES A CUALQUIER PRECIO"
Ahora, el Constitucional ha venido a confirmar la sentencia del tribunal madrileño, considerando que la misma no da lugar a "una violación de un derecho fundamental tutelable al amparo".
Los afectados por el accidente del avión de Spanair, por su parte, han anunciado que acudirán al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo tras la negativa delTribunal Constitucional (TC) de admitir a trámite su recurso de amparo.
La presidenta de la Asociación de Afectados por el vuelo JK5022, Pilar Vera, ha confirmado la intención de llevar el caso a Estrasburgo, tal y como había manifestado en reiteradas ocasiones en el caso de que el TC les denegara su petición. La asociación tacha de"incomprensible" la decisión del alto tribunal, que ha inadmitido a trámite el recurso de amparo al entender que no existe una violación de un derecho fundamental tutelable al amparo.
Así, los afectados lamentan en un comunicado que con el fallo del TC "se consagra definitivamente la impunidad para todos aquellos que ceden a las presiones para que los aviones vuelen a cualquier precio, incluida la vida de las personas". Denuncian, además, el comportamiento de la administración judicial española y de la Fiscalía del Estado "por dar una vez más la espalda" a las víctimas del vuelo de Spanair.
fuente : http://canarias-semanal.org
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