La Consejería de Medio Ambiente y Emergencias del Cabildo de Gran Canaria, a través del Servicio de Medio Ambiente pone en marcha las medidas extraordinarias de prevención, encaminadas a minorar al máximo los riesgos reales de incendio forestal en laIsla de Gran Canaria, prohibiendo la utilización de fuego en las áreas de acampada y áreas recreativas del Cabildo de Gran Canaria, incluso en las instalaciones destinadas a ello el resto del año, incluidos los sistemas portátiles con cualquier clase de combustible, con la excepción del Área Recreativa de San José del Álamo, y Santa Cristina en la que se podrá seguir haciendo uso de las instalaciones habilitadas para ello.
El uso de las Zonas de Acampada Reducida quedará limitado a Bailico, Llanos del Pozo, El Salado y Morro de Santiago.
Se prohibe igualmente en las fechas establecidas, el realizar quemas de residuos forestales y agrícolas. De forma genérica, la celebración de espectáculos pirotécnicos y fuegos artificiales en puntos situados dentro de zonas de alto riesgo de incendios forestales declaradas por Orden de la Consejería de Política Territorial y de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias.
Estas prohibiciones entrarán en vigor a partir del día 1 de julio del presente año y se prolongarán más allá del 30 de septiembre, hasta que las condiciones meteorológicas lo aconsejen con las lluvias de Otoño
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